JESUCRISTO
¿REY DE LAS REPUBLICAS?
La mayoría no hace la verdad, es la
verdad que debe hacer la mayoría.
Me queda mucho por decir sobre el liberalismo. Pero querría hacer comprender bien que no son opiniones personales las que propongo. Por eso presento documentos de los Papas y no sentimientos personales, que se atribuirían fácilmente a una primitiva formación recibida en el Seminario Francés de Roma. El Padre Le Floch, que era entonces el superior, ha tenido en efecto una reputación muy marcada de tradicionalista. Se dirá entonces de mí: “¡Fue influenciado por lo que se le dijo en el seminario!” Y bien, no niego esa influencia, más aún, agradezco todos los días a Dios el haberme dado como superior y maestro al Padre Le Floch. Se lo acusó entonces de hacer política; ¡y Dios sabe que es todo lo contrario de un crimen, el hacer la política de Jesucristo y suscitar hombres políticos que usen todoslos medios legítimos, incluso legales, para expulsar de la sociedad a los enemigos de Nuestro Señor Jesucristo!(1) En realidad el Padre Le Floch jamás se metió en la política, ni siquiera en el peor momento del complot tramado contra la Acción Francesa(2) y de la crisis subsiguiente, mientras era yo seminarista.
En cambio, de lo que el Padre Le Floch sí nos hablaba constantemente, era del peligro del modernismo, del movimiento “Le Sillon”, del liberalismo. Basándose sobre las encíclicas de los Papas, el Padre Le Floch llegó a forjar en nosotros una convicción firme, sólidamente apuntalada, fundada en la doctrina inmutable de la Iglesia, sobre el peligro de esos errores. Deseo comunicar esta misma convicción como una antorcha que se transmite a la posteridad, como una luz que preservará de esos errores que reinan hoy más que nunca in ipsis Ecclesiae venis et visceribus, en las venas mismas y las entrañas de la Iglesia, como decía San Pío X.
De ahí que poco importa, por ejemplo, mi pensamiento político personal sobre el régimen que más conviene a Francia. Además los hechos hablan por sí mismos: lo que la monarquía francesa no había logrado hacer, la democracia lo ha realizado: cinco revoluciones sangrientas (1789, 1830, 1848, 1870, 1945), cuatro invasiones extranjeras (1815, 1870, 1914, 1940), dos despojos de la Iglesia, expulsiones de las órdenes religiosas, supresiones de escuelas católicas, laicización de las instituciones (1789 y 1901), etc... Sin embargo, dirán algunos, el Papa León XIII pidió el “Ralliement”(3) de los católicos franceses al régimen republicano(4) (lo que, entre paréntesis, provocó una catástrofe política y religiosa). Otros critican este acto de León XIII, calificándolo, así como a su autor, de liberal. No creo que León XIII fuera un liberal, ni, menos aún, un demócrata. No; creyó simplemente suscitar una buena combinación política para el bien de la religión en Francia; pero está claro que olvidaba el origen y la constitución irremediablemente liberal, masónica y anticatólica de la democracia francesa.
La ideología democrática
Nacida del postulado liberal del individuo-rey, la ideología democrática se construye entonces lógicamente; los individuos pasan al estado social por un pacto convencional: el “contrato social”, que es, dice Rousseau, una “alienación total de cada asociado, con todos sus derechos, respecto a toda la comunidad”.
De allí vienen:
– la necesaria soberanía popular: el pueblo es necesariamente soberano, tiene el poder sólo de sí mismo y lo conserva, incluso después de haber elegido a sus gobernantes.
– la ilegitimidad de todo régimen que no tiene por base la soberanía popular o cuyos gobernantes aseguren recibir el poder de Dios.
De allí, como consecuencia práctica:
– la lucha para el establecimiento universal de la democracia.
– la “cruzada de las democracias”, contra todo régimen que hace referencia a la autoridad divina, calificado entonces de régimen “sacral” y “absolutista”. En relación a esto, el tratado de Versalles de 1919, que suprimía las últimas monarquías verdaderamente cristianas, fue una victoria liberal y, en especial, masónica(5).
– el reino político de las mayorías, que se supone expresan la sacrosanta e infalible voluntad general.
Frente a ese democratismo que penetra ahora la Iglesia con la colegialidad, suelo repetir que la mayoría no hace la verdad. ¿Qué puede ser construido sólidamente fuera de la verdad y de la verdadera justicia hacia Dios y hacia el prójimo?
Condenación de la ideología democrática por los Papas
Los Papas no han cesado de condenar esta ideología democrática. León XIII lo ha hecho ex profeso en su encíclica Diuturnum Illud que ya he mencionado.
“Muchos modernos, siguiendo las pisadas de aquéllos, que en el siglo anterior se dieron el nombre de filósofos, dicen que toda potestad viene del pueblo; por lo cual, los que ejercen la autoridad civil, no la ejercen como suya, sino como otorgada por el pueblo; con esta norma, la misma voluntad del pueblo, que delegó la potestad, puede revocar su acuerdo.
Los católicos discrepan de esta opinión al derivar de Dios como de su principio natural y necesario, el derecho de mandar.
“Importa que anotemos aquí que los que han de gobernar las repúblicas, pueden en algunos casos ser elegidos por la voluntad y juicio de la multitud, sin que a ello se oponga ni le repugne la doctrina católica. Con esa elección se designa ciertamente al gobernante, mas no se confieren los derechos de gobierno, ni se le da la autoridad, sino que se establece quién la ha de ejercer.”(6)
Por lo tanto toda autoridad viene de Dios, ¡incluso en democracia!
Toda autoridad viene de Dios. Esta es una verdad revelada y León XIII la establece sólidamente por la Sagrada Escritura, la tradición de los Padres, y finalmente, por la razón: una autoridad que emana sólo del pueblo, no tendría fuerza para obligar en conciencia, bajo pena de pecado(7).
“Ningún hombre tiene en sí o por sí la facultad de obligar en conciencia la voluntad libre de los demás con los vínculos de tal autoridad. Únicamente tiene esta potestad Dios Creador y Legislador de todas las cosas: los que esta potestad ejercen, deben necesariamente ejercerla como comunicada por Dios.”(8)
Finalmente, León XIII muestra la falsedad del contrato social de Rousseau, que es el fundamento de la ideología democrática contemporánea.
La Iglesia no condena al régimen democrático
Quiero señalar ahora que no toda democracia es liberal. Una cosa es la ideología democrática, y otra, el régimen democrático; la Iglesia condena la ideología, pero no el régimen, que es propiamente la participación del pueblo en el poder.
Ya Santo Tomás justificaba la legitimidad del régimen democrático:
“Que todos tengan una cierta parte en el gobierno, ayuda a que sea conservada la paz del pueblo; a todos les gusta tal organización; y vigilan para conservarla, como dice Aristóteles en el libro II de su Política.”(9)
Sin preferir la democracia, el Doctor común estima que el mejor régimen político es concretamente una monarquía en la cual todos los ciudadanos tienen cierta participación en el poder, por ejemplo, eligiendo a aquellos que han de gobernar a las órdenes del monarca; es, dice Santo Tomás, “un régimen que alía bien la monarquía, la aristocracia y la democracia”(10).
La monarquía francesa del Antiguo Régimen, como muchas otras, era más o menos de esa clase, a pesar de lo que digan los liberales; existía entonces entre el monarca y la multitud de súbditos todo un orden y una jerarquía de múltiples cuerpos intermedios, que sabían hacer valer sus pareceres competentes ante la autoridad.
La Iglesia católica no impone preferencia por tal o cual régimen; admite que los pueblos elijan la forma de gobierno más adaptada a su genio propio y a las circunstancias:
“Nada impide que la Iglesia apruebe el gobierno de uno solo o de muchos, con tal que sea justo y tienda al bien común. Por eso, salva la justicia, no se prohíbe a los pueblos el que adopten aquel sistema de gobierno que sea más apto y conveniente a su carácter o a los institutos y costumbres de sus antepasados.”(11)
¿Qué es una democracia no liberal?
Confieso que una democracia no liberal es una especie rara, hoy desaparecida, pero tampoco es enteramente una quimera, como lo prueba la república de Cristo Rey, aquella del Ecuador de García Moreno en el siglo pasado.
He aquí entonces las características de una democracia no liberal:
1. Primer Principio: El principio de la soberanía popular: en primer lugar, se limita al régimen democrático, y respeta la legitimidad de la monarquía. Además, es radicalmente diferente de aquel de la democracia rousseauniana: el poder reside en el pueblo sí, pero ni original ni definitivamente: es de Dios que viene el poder al pueblo, de Dios Autor de la naturaleza social del hombre, y no de los individuos-reyes. Y una vez que los gobernantes son elegidos por el pueblo, este último no conserva el ejercicio de la soberanía(12).
Primera consecuencia: no gobierna una multitud amorfa de individuos sino el pueblo en cuerpos constituidos: los jefes de familia (quienes podrán legislar directamente en Estados muy pequeños, como p. ej. el de Appenzell en Suiza), los paisanos y comerciantes, industriales y obreros, grandes y pequeños propietarios, militares y magistrados, religiosos, sacerdotes y obispos, es, como dice Mons. de Ségur, “la nación con todas sus fuerzas vivas,
constituida en una representación seria y capaz de expresar sus votos por sus verdaderos representantes y de ejercer libremente sus derechos”(13). Pío XII a su vez distingue bien el pueblo y la masa:
“Pueblo y multitud amorfa, o, como suele decirse, ‘masa’, son dos conceptos completamente diferentes. El pueblo vive y se mueve con vida propia; la masa es de por sí inerte y no puede ser movida sino del exterior. El pueblo vive de la plenitud de la vida de los hombres que lo integran, cada uno de los cuales en su propio puesto y modo particular es una persona consciente de su propia responsabilidad y de sus propias convicciones. La masa, por el contrario, espera un impulso del exterior, es fácil instrumento en manos de cualquiera que conozca sus instintos e impresiones, y está pronta a seguir hoy una bandera y mañana otra.”(14)
Segunda consecuencia: Los gobernantes elegidos, incluso si se los llama, como dice Santo Tomás, “vicarios de la multitud”, lo son solamente en el sentido de que hacen en su lugar lo que ella no puede hacer por sí misma, a saber, gobernar. Pero el poder les viene de Dios “de quien toda paternidad en el cielo y sobre la tierra recibe su nombre” (Ef. 3, 15). Los gobernantes son por lo tanto responsables de sus actos primero ante Dios, del cual son los ministros, y secundariamente ante el pueblo, por cuyo bien común gobiernan.
2. Segundo principio: Los derechos de Dios (y los de su Iglesia, en una nación católica) son puestos como fundamento de la constitución. El decálogo es entonces el inspirador de toda la legislación.
Primera consecuencia: la “voluntad general” es nula si va contra los derechos de Dios. La mayoría no “hace” la verdad, ella debe mantenerse en la verdad, bajo pena de una perversión de la democracia. Pío XII subraya con razón el peligro inherente al régimen democrático, y contra el cual la constitución debe reaccionar: el peligro de despersonalización, de masificación y de manipulación de la multitud por grupos de presión y mayorías artificiales.
Segunda consecuencia: la democracia no es laica, sino abiertamente cristiana y católica. Se conforma a la doctrina social de la Iglesia en lo concerniente a la propiedad privada, el principio de subsidiariedad, y a la educación, dejándola al cuidado de la Iglesia y de los padres, etc...
Resumiendo: la democracia, no menos que otro régimen, debe realizar el reino social de Nuestro Señor Jesucristo. La democracia debe también tener un Rey: Jesucristo.
Notas:
(1) ¡No porque los obispos izquierdistas hagan política socialista o comunista la Iglesia debe abstenerse de hacer política! La Iglesia tiene un poder, sin duda indirecto, pero real, sobre el orden temporal y sobre la vida de la sociedad. El reinado social de N.S.J.C. es una preocupación esencial de la Iglesia.
(2) Periódico y movimiento político dirigidos por Charles Maurras, L’Action Française (Acción Francesa en español) luchaba, basada en verdades naturales sanas, contra el democratismo liberal. Se la acusó falsamente de naturalismo. El Papa Pío XI, engañado, la condenó. Su sucesor, Pío XII debió levantar esta sanción. Pero el mal estaba hecho: 1926 marca en Francia una etapa decisiva en la “ocupación” de la Iglesia por la fracción liberal, llamada “católica liberal”.
(3) “Ralliement” o sea “aceptación leal”, participación, propiciada por León XIII al régimen republicano francés. Significó la quiebra del monarquismo francés y el ahogamiento de la resistencia más puramente católica [N. del T].
(4) Cf. Encíclica Au Milieu des Sollicitudes del 16 de febrero de 1892, a los obispos, cleros y fieles de Francia, en E. P., págs. 454-462.
(5) Cf. H. Le Caron, Le Plan de Domination Mondiale de la Contre-Eglise [El Plan de Dominación Mundial de la Contra-Iglesia], Fideliter, Escurolles, 1985, pág. 22.
(6) En E. P., pág. 269, N° 2-3.
(7) Podría obligar mediante la amenaza de penas, pero ¡no es así, dirá Juan XXIII en Pacem in Terris, que se promueve la búsqueda individual del bien común! La autoridad es, más que nada, una fuerza moral.
(8) Encíclica Diuturnum Illud, en E. P., pág. 270, N° 6.
(9) I-II, cuest. 105, art. 1.
(10) Ibid.
(11) León XIII, Encíclica Diuturnum Illud, en E. P., pág. 269, N° 3.
(12) Cf. Diuturnum Illud, citado más arriba y en Mons. de Ségur, La Révolution (expliquée aux Jeunes Gens) [La Revolución (explicada a los Jóvenes)], Trident, París, 1989, págs. 71-73.
(13) Op. cit. pág. 73.
(14) Radio Mensaje de Navidad de 1944.
LE DESTRONARON
Mons. Marcel Lefebvre
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